En Halder Sheran somos especialistas en recurrir multas de circulación ya sea por:
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Exceso de Velocidad / Radar
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No Identificación del Conductor
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Drogas y Alcohol
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Aparcamiento, Doble Fila y Vado
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Semáforo
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Hablar por el móvil
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Cinturón
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Zona de bajas emisiones
– Debes saber que todas las multas son recurribles –
La Administración está sujeta a Derecho Administrativo y a la Ley. Dentro del procedimiento sancionador la Administración ha de cumplir con una serie de procesos. La mayoría de las veces la Administración falla en alguna actuación y este hecho puede provocar indefensión legal que se debe impugnar o recurrir
En Halder & Sheran estudiamos todo su expediente sancionador y detectamos fallos en los que haya podido incurrir la Administración con el objetivo de anular la multa, defender su dinero, el historial de conducción y sus puntos.
El valor de los servicios:
- Tomar vista del expediente en el órgano administrativo sancionador y estudio de la viabilidad jurídica y Tasa + 1 Recurso: 117 EUR.
- Redacción del Recurso Administrativo y Presentación: 49 EUR por cada Recurso adicional.
- * – En caso de que la Administración no conteste al Recurso Administrativo, se activa el acto administrativo denominado –Silencio Administrativo Negativo– por el cual se entiende que el Recurso no ha sido proveído, estableciendo las bases de la postura legal por parte de la Administración a fin de poder rebatirla y desmontarla ante un Juez para que la anule.
- La Administración está obligada a contestar los Recursos Administrativos dentro de un plazo fijado por la Ley, pero muchas veces en base a la saturación administrativa y razones de dinámica procesal no lo hace, entonces el legislador crea este acto jurídico, dejando la vía libre para poder acudir a un Juez que sea el encargado de valorar nuestras alegaciones conforme a Derecho, a través de una revisión exhaustiva y meticulosa de todos los procesos jurídicos que obran en las actuaciones del procedimiento sancionador con base en Derecho, Ley y Principios del Ordenamiento Jurídico tanto nacional como europeo así como Jurisprudencia, a fin de verificar que dicha sanción es justa o injusta. Expirado el plazo legal para que la Administración responda, se puede y se debe interponer Recurso Contencioso-Administrativo; (139 EUR / Recurso Judicial), de tal forma que podamos defender su multa ante el Juez para que estime la justicia de la misma.
PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
Artículo 112
- 1.) El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves. El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.
- 2.) La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practique con otras administraciones, instituciones u organismos. También se interrumpe por la notificación efectuada de acuerdo con los artículos 89, 90 y 91. El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.
- 3.) Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución. Cuando la paralización del procedimiento se hubiera producido a causa del conocimiento de los hechos por la jurisdicción penal, el plazo de caducidad se suspenderá y, una vez haya adquirido firmeza la resolución judicial, se reanudará el cómputo del plazo de caducidad por el tiempo que restaba en el momento de acordar la suspensión.
- 4.) El plazo de prescripción de las sanciones consistentes en multa será de cuatro años y el de la suspensión prevista en el artículo 80 será de un año, computados desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la sanción en vía administrativa. El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones en vía de apremio consistentes en multa se regirán por lo dispuesto en la normativa tributaria.
*. Cientos de sentencias estimadas y con costas a favor (Pincha)
Una sanción de 200 € y la pérdida de 4 puntos del carnet parecían inevitables.
El Ayuntamiento la daba por firme, pero no nos rendimos. Demostramos en los tribunales que la sanción era injusta y que los derechos del cliente habían sido vulnerados.💥 El resultado fue claro: multa anulada y los puntos recuperados.Esta sentencia no es solo un triunfo individual: es la prueba de que con una defensa estratégica, lo que parece perdido puede convertirse en victoria total.
Todo comenzó con una multa injusta. Una sanción que parecía menor se convirtió en la chispa judicial que puso en evidencia los fallos de la Zona de Bajas Emisiones. En los tribunales conseguimos anular la sanción, demostrando que el sistema era débil, injusto y mal fundamentado. Esa victoria no solo liberó a nuestra clienta: fue el precedente que alimentó el recurso de VOX y abrió el camino hacia la abolición de la ZBE en Madrid. Una muestra de cómo un caso individual puede encender un cambio colectivo.
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